Armada Nacional insiste en prohibición.

La Armada Nacional emitió un comunicado este lunes en el que “recuerda y exhorta a la población en general a cumplir con lo dispuesto por el artículo 128º del decreto 100/91”, que prohíbe que se lleven animales a las costas del país.

En el documento se cita el artículo 128º de dicho decreto: “Queda terminantemente prohibido, durante la temporada, llevar animales de cualquier naturaleza a las zonas habilitadas para baño”.

En esta línea, la Armada recuerda que “existen playas debidamente autorizadas por las diferentes intendencias para aquellas personas que deseen concurrir con sus mascotas”.

Según dicho artículo, la multa que puede poner la Armada por llevar animales a la playa es de 1 Unidad Reajustable ($ 1.501,26).


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